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Polémica por dichos de Eliana Cere y Agustín Laje contra el aborto en casos de violación
La candidata de La Libertad Avanza cuestionó la interrupción legal del embarazo en supuestos de agresión sexual con una dura frase, en sintonía con posturas que reflotan la discusión sobre la Ley 27.610.

El debate en torno a los derechos reproductivos y las causales legales de interrupción del embarazo volvió a escalar en la agenda pública a partir de una serie de declaraciones protagonizadas por figuras de la Libertad Avanza.
Eliana Cere, candidata de La Libertad Avanza (LLA) de cara a los comicios de 2027, generó una fuerte repercusión en las plataformas digitales al cuestionar públicamente que se permita abortar cuando un embarazo es producto de un ataque sexual, lanzando una contundente frase_: “Matar a tu hijo no te desviola”._
Además de esa afirmación, Cere sostuvo en distintas publicaciones que “un delito no se tapa con otro delito”, defendiendo su postura restrictiva frente a los márgenes actuales que contempla la legislación argentina.
Asimismo, en la misma línea, el escritor Agustín Laje respaldó consignas similares y reflotó publicaciones previas sobre la materia.
A través de un mensaje difundido en sus redes sociales, Laje ratificó su posición al señalar: “El aborto no desviola a una mujer”, agregando que suele plantear este concepto en entrevistas donde se presenta la práctica médica casi como un remedio ante una agresión sexual.
"“El aborto no desviola a una mujer”, digo en entrevistas en las que se presenta el aborto casi como un remedio a la violación. A continuación, los progres se indignan: “¡qué horror lo que dice!”. Ni un solo argumento. Solo posada indignación moral. No les da para más que eso.", posteo Laje.
En consonancia con estos dichos, Laje planteó públicamente que el problema derivado de una violación debe resolverse exclusivamente a través del castigo penal al agresor, sugiriendo la adopción como alternativa para gestaciones término, e incluso deslizó el argumento de que el acceso a la interrupción en estos contextos puede implicar la eliminación de una prueba material del delito investigado.
El marco legal vigente
Las declaraciones se producen en un escenario donde la normativa argentina mantiene plazos y causales estrictas reguladas por la Ley 27.610, sancionada en diciembre de 2020.
Actualmente, la legislación nacional permite la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 14 de gestación sin necesidad de expresar causa alguna. Sin embargo, superado ese plazo, la normativa contempla expresamente el acceso a la interrupción legal del embarazo (ILE) en situaciones específicas: cuando el embarazo es producto de una violación, para lo cual se requiere una declaración jurada en casos de personas mayores de edad, o cuando se encuentra en riesgo la vida o la salud integral de la persona gestante.
El posicionamiento público de referentes liberales choca con el esquema legal actual, pero también anticipa tensiones en el plano parlamentario. En el mes de marzo, un grupo de diputados nacionales de La Libertad Avanza ya había firmado un compromiso formal para trabajar activamente por la derogación de la Ley 27.610.
Pese a estas iniciativas de sectores partidarios, fuentes del oficialismo nacional se encargaron de aclarar que, por el momento, la derogación de la ley de interrupción del embarazo no forma parte de las prioridades ni constituye una iniciativa incluida en la agenda legislativa formal del Gobierno nacional.