Causa judicial
La Corte Suprema revocó el sobreseimiento de “Pata” Medina
La justicia dejó sin efecto el fallo que había cerrado el expediente contra el exlíder de la Uocra de La Plata y ordenó que sea juzgado nuevamente. De este modo, la causa por asociación ilícita, extorsión y lavado de dinero deberá avanzar hacia un nuevo juicio oral.

La Corte Suprema de Justicia revocó el sobreseimiento del exlíder de la seccional La Plata de la Uocra, Juan Pablo “Pata” Medina quien se encuentra acusado junto a su hijo y otros imputados en una causa por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión a empresarios de la construcción.
Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal hizo lugar a las conclusiones de la Procuración General y determinó que el fallo previo de la Cámara Federal de Casación Penal que había cerrado el expediente resultaba "arbitrario" y "prematuro", habilitando de esta manera el camino para que el Ministerio Público Fiscal concrete el juicio oral.
Cabe aclarar que ell origen de este proceso se remonta a septiembre de 2017, cuando lo detuvieron a Medina por orden del juez federal de Quilmes Luis Armella, quien lo procesó por múltiples delitos y dictó un millonario embargo de 200 millones de pesos sobre sus bienes.
Tras haber cumplido arresto domiciliario y posterior excarcelación con restricciones, medidas que incluyeron nuevos arrestos temporarios tras incumplir la prohibición de participar en actividades gremiales, el expediente se encaminaba hacia el debate oral a cargo del Tribunal Oral Federal 2 de La Plata.
Sin embargo, horas antes de iniciar el juicio, el juez Alejandro Smoris declaró de manera unipersonal la nulidad de toda la causa y sobreseyó a los acusados, argumentando que el proceso formaba parte de un armado político e institucional instrumentado durante la gestión de la entonces gobernadora María Eugenia Vidal, en el marco del denominado caso de la "Gestapo judicial".
Sin embargo, para dictar esa nulidad, el magistrado se basó en una denuncia impulsada por la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante la administración de Alberto Fernández, la cual investigaba una reunión realizada en 2017 en la sede del Banco Provincia.
El fiscal ante Casación, Raúl Pleé, junto al Procurador General interino, Eduardo Casal, advirtieron que la anulación del proceso privaba al Estado de su deber constitucional de investigar y dilucidar la verdad de los hechos en un debate público.
Al acoger este planteo, la Corte Suprema dejó formalmente sin efecto la sentencia absolutoria y dispuso que el expediente retorne a la Cámara de Casación para que, con una nueva integración, se reevalúen los argumentos fiscales y se encamine el proceso judicial hacia la realización del debate oral que determinará la responsabilidad de los acusados.