Corrupción en Orán
Pidieron la nulidad de la libertad del exjuez Parisi tras más de nueve meses sin juicio
La Unidad Fiscal objetó los fundamentos contradictorios del Tribunal de Juicio sobre el cómputo de la prisión preventiva y el arresto domiciliario. También cuestionó que el oficio fuera remitido a la policía a las 21:10 horas sin notificar previamente al Ministerio Público.

La Unidad Fiscal de Orán interpuso un recurso de nulidad contra la resolución judicial que dispuso la inmediata liberación del exjuez Claudio Alejandro Parisi, cuestionando los argumentos expuestos por el Tribunal de Juicio tras mantenerse el expediente sin la realización del debate oral por un plazo superior a los nueve meses.
Además, desde el Ministerio Público Fiscal advirtieron que la decisión adoptada posee un fundamento de carácter aparente y contradictorio en lo referente a la interpretación de la medida de coerción y los plazos procesales vigentes.
El planteo fiscal apunta a que los magistrados integrantes del Tribunal incurrieron en una confusión conceptual al equiparar la prisión preventiva con el arresto domiciliario.
Al respecto, la Fiscalía recordó que el artículo 382 del Código Procesal Penal (CPP) vigente en el distrito judicial establece de manera taxativa que ambas medidas detentan distinta naturaleza jurídica, siendo el arresto domiciliario una modalidad que opera exclusivamente en sustitución de la privación de libertad en establecimiento carcelario.
El cuestionamiento del Ministerio Público se centra en la modificación del criterio interpretativo adoptado por el propio Tribunal. En este sentido, la jueza Palomo había dictado la sustitución de la prisión preventiva de Parisi por la modalidad de arresto domiciliario, temperamento que fue ratificado posteriormente por la Sala III del Tribunal de Impugnación.
No obstante, al ordenar la libertad absoluta del imputado, los jueces de mérito señalaron en su resolución que "para este Tribunal y cierta opinión de doctrina el arresto domiciliario no hace cesar la prisión preventiva", distanciándose de la doctrina legal aplicada previamente en el proceso.
Asimismo, la Fiscalía rechazó que los propios magistrados hayan utilizado la falta de realización del debate como fundamento para conceder la excarcelación. En esa línea, el Ministerio Público remarcó que la prolongada demora en la fijación del juicio es de exclusiva atribución de la inactividad del Tribunal, omisión que motivó la presentación formal de pronto despachos en los meses de abril y septiembre de 2026 sin obtener respuesta, lo que obligó a interponer un recurso de queja ante la Corte de Justicia de la Provincia.
Además, la resolución que decretó la libertad de Parisi se conoció una semana después de que la Fiscalía acudiera al máximo tribunal provincial para denunciar el retardo de justicia.
En cuanto a las formas de notificación, el organismo fiscal objetó que el oficio ordenando la libertad inmediata de Parisi fuera remitido a las autoridades de la Policía de Salta en un horario inusual , sin haber cursado la notificación formal previa al Ministerio Público Fiscal.
Antecedentes de la causa y otras demoras en el distrito
El proceso judicial contra el exjuez Parisi se inscribe en una causa por presuntos hechos de corrupción en la órbita de la Justicia Federal y provincial de Orán, expediente en el cual ya se dictaron condenas previas contra el abogado Roberto Ortega Serrano, hallado autor penalmente responsable de cohecho activo agravado, y contra el exsecretario letrado del Juzgado Maximiliano Correa, condenado como partícipe secundario de cohecho pasivo agravado.
Como parte del planteo institucional, la Fiscalía advirtió sobre la existencia de demoras irrazonables análogas en la fijación de debates dentro del mismo Distrito Judicial de Orán.
Entre los antecedentes expuestos se mencionó la causa seguida contra José Dimas Ruiz por el robo a la empresa Abra del Sol, imputado que actualmente se encuentra privado de la libertad en el marco de un expediente federal por el delito de lavado de activos.