Vivienda Sociales
Condenaron a José López y a los Schoklender por la causa “Sueños Compartidos”
Se dictó penas de menos de tres años en suspenso para los principales acusados por el desvío de fondos estatales destinados a viviendas sociales. El fallo se conoció al filo de la prescripción.

El Tribunal Oral Federal N°5 emitió su veredicto en la emblemática causa “Sueños Compartidos”, condenando al exsecretario de Obras Públicas José López y al exsubsecretario Abel Fatala a la pena de dos años y nueve meses de prisión en suspenso.
Asimismo, el tribunal sentenció a los hermanos **Sergio y Pablo Schoklender, **exapoderados de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, a dos años y ocho meses y dos años y cuatro meses de prisión condicional, respectivamente. Por el contrario, el exministro de Planificación Federal Julio De Vido resultó absuelto, al igual que otros cuatro imputados, en un fallo adoptado con disidencias entre los jueces Adriana Paliotti, Daniel Obligado y Adrián Grünberg.
La resolución judicial, leída en el subsuelo de los tribunales de Comodoro Py 2002 al filo de la prescripción de la acción penal, determinó que los condenados no irán a prisión debido a que las penas impuestas son inferiores a tres años y de ejecución condicional, quedando sujetos al cumplimiento de reglas de conducta.
El veredicto abarcó el desvío comprobado de más de 206 millones de pesos girados por el Estado nacional entre 2008 y 2011 para la construcción de viviendas sociales y centros de salud, un monto cuyo decomiso fue ordenado por el tribunal pero que quedará suspendido hasta que la sentencia adquiera firmeza.
Tras conocerse el fallo, Sergio Schoklender cuestionó duramente el pronunciamiento judicial a la salida del edificio, calificándolo de "absurdo" y señalando que el sistema judicial evitó reconocer la inexistencia de delitos tras quince años de instrucción y debate.
Por su parte, el tribunal dispuso la absolución de De Vido tras desestimar su responsabilidad política directa en la firma de los convenios, alineándose con el criterio de que el expediente, originado tras la ruptura entre los Schoklender y la fallecida Hebe de Bonafini en 2011, se centró exclusivamente en quienes ejecutaron de manera directa el programa habitacional.
En cuanto al futuro procesal del expediente, las defensas técnicas ya anticiparon que recurrirán la resolución ante la Cámara Federal de Casación Penal, lo que implica que ninguna de las condenas ni el decomiso de los fondos quedarán firmes en lo inmediato.
En paralelo, fuentes judiciales recordaron que permanece abierto un segundo tramo de la investigación enfocado en el lavado de dinero y la ruta de los fondos, aunque en dicha causa no se encuentran incluidos los hermanos Schoklender debido a que la figura del autolavado no regía en el momento de los hechos investigados.